Cómo articular los derechos individuales con aquéllos colectivos
La integración de la inmigración en las democracias debe conllevar el respeto a unos mínimos (revisables), tanto en la esfera pública como en la privada. Pero también debe garantizar la liberalidad de acción de los modelos pluralistas, según el autor.
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Ferran Requejo es catedrático de Ciencia Política en la Universidad Pompeu Fabra (Barcelona), donde ha dirigido el programa de doctorado en Ciencias Políticas y Sociales y el Grup de Recerca en Teoria Política (GRTP).
Sus principales campos de investigación son las teorías de la democracia, el liberalismo político y la socialdemocracia de la segunda postguerra, y el federalismo en contextos plurinacionales.
EN RELACIÓN A LA MULTICULTURALIDAD de las sociedades occidentales, hoy sabemos varias cosas:
UNO que todos los humanos somos seres culturalmente enraizados;
DOS que la igualdad no se contrapone conceptualmente sólo a la desigualdad política y social, sino también a la diferencia cultural;
TRES que las tres primeras olas de derechos presentes en las constituciones de raíz liberal (las olas de derechos liberales, democráticos y sociales) no garantizan por si mismos la implementación de los valores de dignidad, libertad, igualdad y pluralismo en el ámbito cultural; y
CUATRO que las democracias necesitan un articulación más compleja entre derechos individuales y colectivos que lo propiciado por el liberalismo democrático y el constitucionalismo tradicionales. Una sociedad justa no es ya aquélla que sólo plantea la regulación de derechos individuales y una distribución de bienes y recursos económicos y sociales, sino aquélla que también acomoda adecuadamente los diversos referentes culturales de los individuos que la conforman (sean ciudadanos o residentes).
En el interior de las democracias, los derechos con fuerza normativa ya no son sólo los derechos humanos, sino los derechos de ciudadanía, más contextuales y cambiantes que los anteriores. Y aquí, las respuestas planteadas por cuestiones multiculturales relacionadas con la inmigración y el acceso a la ciudadanía dependerán, por una parte, de cuál sea el modelo que se maneje en relación al concepto de integración y, por otra parte, de las características de la sociedad de acogida. Dicho concepto no significará lo mismo según se adopten los patrones morales e intelectuales de un modelo asimilacionista, hegemonista, o de pluralismo cultural. Ni tampoco significará lo mismo si estamos en presencia de una sociedad, por ejemplo, lingüísticamente uniforme o plurilingüe, o de un estado uninacional como Alemania o plurinacional como Canadá.
CUESTIÓN DE MÍNIMOS
Parece claro que el modelo asimilacionista, vigente hasta hace pocas décadas en bastantes países avanzados, vulnera derechos pertenecientes al núcleo duro de los derechos humanos. Sin embargo, las sociedades democráticas receptoras (ya sea que adopten un modelo hegemonista o pluralista) no tienen por qué aceptar todos los bagajes culturales de las poblaciones inmigradas. Dichas sociedades están plenamente legitimadas para establecer un contrato cívico con sus nuevos integrantes, el cual tendrá implicaciones para las dos partes.
De lo que se trata es de establecer un mínimo político y moral razonable de derechos y deberes que debe ser aceptado por los nuevos ciudadanos. Piénsese, por ejemplo, en cuestiones que han sido conquistas emancipadoras en las sociedades occidentales, como la no discriminación por razones de género en el ámbito laboral y educativo, el respeto a las libertades de expresión y de pensamiento, los procedimientos del estado de derecho, o la aconfesionalidad religiosa de los poderes públicos. O piénsese también en la exigencia, creo que también razonable, del conocimiento y respeto a las características lingüísticas y culturales de la sociedad de acogida. Éstas son algunos de los elementos que resultan exigibles desde una perspectiva estrictamente liberal-democrática.
La integración (y la ciudadanía) debe conllevar el respeto a estos mínimos, tanto en la esfera pública como en la privada. Pero salvada esta normatividad de mínimos, parece más pertinente garantizar la liberalidad de acción de los modelos pluralistas, así como unos mecanismos de comunicación permanente entre distintos grupos culturales, y entre éstos y las instituciones, que sean capaces de establecer unos compromisos pragmáticos (siempre revisables). La prudencia aristotélica parece aquí mejor consejera que las concepciones que pretenden saber (¡una vez más!) en que consisten el bien y la verdad en todo lo relativo a estas cuestiones.
Publicado por:
ana
fecha: 06 | 09 | 2007
hora: 8:49 pm
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Artículo que denota gran equilibrio
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ana
fecha: 06 | 09 | 2007
hora: 8:50 pm
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