Kosovo y la política de reconocimientos
Carlos Taibo indaga sobre los siguientes interrogantes: ¿por qué los países occidentales han reconocido el principio de libre determinación y la independencia de quince Estados herederos de la URSS, de los dos nacidos de Checoslovaquia y de los seis que han visto la luz en virtud de la desintegración del Estado federal yugoslavo? ¿Por qué no lo hacen, en cambio, en los casos de Kosovo y de Chechenia? ¿En qué consiste la política de reconocimientos? ¿Por qué algunos se han visto premiados con el derecho a autodeterminarse mientras que se ha cerrado a otros este horizonte?
Carlos Taibo es profesor de Ciencia Política en la Universidad Autónoma de Madrid y uno de los mayores expertos en Rusia y Europa del Este. Da clases en el el Master en Relaciones Internacionales y Comunicación en la Universidad Complutense de Madrid y ha publicado decenas de libros sobre política internacional.
A MENUDO OCURRE QUE TRAMAS esenciales para entender procesos complejos escapan de nuestra atención. Una de ellas afecta a la política que, en materia de reconocimiento de nuevos Estados en Europa, han abrazado a la postre los países occidentales. Y es que, al calor de las incipientes disputas que suscita el plan de Naciones Unidas sobre Kosovo, parece que ha quedado en el olvido, una vez más, cuál ha sido el criterio aplicado, en relación con estos menesteres, por esos países.
Y, sin embargo, el criterio en cuestión es fácil de establecer: los países occidentales han reconocido el principio de libre determinación, y al cabo de éste la independencia, a aquellas repúblicas que, en los ordenamientos constitucionales de la Unión Soviética, Checoslovaquia y Yugoslavia, veían institucionalizado, al menos formalmente, tal principio. Importa subrayar que no hay ningún otro elemento que se haya manifestado por igual en los casos de los quince Estados herederos de la URSS, de los dos nacidos de Checoslovaquia y de los seis que han visto la luz en virtud de la desintegración del Estado federal yugoslavo.
SIN DERECHO A LA AUTODETERMINACIÓN
Conviene que certifiquemos al respecto que no ha habido referendos de autodeterminación en todos esos casos –aunque sí los haya habido en la mayoría– y que con frecuencia ha faltado el acuerdo –en lo que respecta a la condición de esos referendos y a la definitiva secesión– del lado de las restantes repúblicas integrantes de los Estados preexistentes. Ninguno de estos dos datos puede invocarse, pues, como elemento de presencia universal en los 23 procesos que nos ocupan.
Todo lo anterior viene a cuento porque es preciso subrayar que, en el caso de que cobre cuerpo una fórmula de autodeterminación y secesión en Kosovo, nos hallaríamos ante la primera excepción a la regla general que hemos enunciado: en su condición de provincia autónoma –abolida, cierto es, por Milosevic en 1989– dentro de la república de Serbia, Kosovo carecía en el ordenamiento político-legal yugoslavo de un derecho a la libre determinación.
IMPONDERABLES INDISCUTIBLES
Bien es verdad que el hecho que acabamos de invocar tiene un relieve relativo. Y lo digo porque una de las tentaciones a las que conviene resistirse es la de concluir que el criterio aplicado por los países occidentales responde a imponderables indiscutibles. No es en modo alguno así. Y permítaseme que en este caso no razone conforme a lo que es común entre nosotros, esto es, a la idea de que hay que mostrarse manifiestamente reticentes a la hora de reconocer fórmulas de autodeterminación. Prefiero seguir, antes bien, el camino contrario y preguntar por qué se ha aceptado el principio correspondiente en el caso de las instancias políticas que disfrutaban de tal derecho en determinados ordenamientos y se ha optado, en cambio, por rechazarlo en los restantes. Y es que, al fin y al cabo, si uno escarba en lo que hay por detrás del criterio matriz descubre que la justificación mental de los reconocimientos no es otra que la idea de que los Estados preexistentes eran en buena medida el producto del capricho autoritario de sus gobernantes.
Pues bien, si así era –y no hay mayor motivo para dudarlo–, ¿por qué unas consecuencias de tal capricho –las repúblicas federadas integrantes de la URSS, de Checoslovaquia y de Yugoslavia– se han visto premiadas con un derecho a autodeterminarse y en cambio se ha cerrado este horizonte a otras secuelas –las unidades políticas, llámense Chechenia o Kosovo, de rango inferior– del mismo antojo?
Publicado por:
pep cruells
fecha: 01 | 03 | 2007
hora: 11:08 am
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La pregunta es muy buena, pero cual es la respuesta?
Publicado por:
ANA
fecha: 03 | 03 | 2007
hora: 1:52 am
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Leyendo los comentarios de ciudadanos de distintas regiones de España me doy cuenta que sus deseos claros son de una creciente autonomía y muy pronto será de la auténtica independencia de esas regiones que en realidad han sido dominadas por Castilla.También en Gran Bretaña los galeses reivindican sus costumbres e idioma tan distintos al ingles,idem Escocia e Irlanda del Norte.
Que pasará cuando tengan el mencionado antojo?